Normatividad

NORMA Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021

La NOM-001-SEMARNAT-2021 es la Norma Oficial Mexicana vigente que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de marzo de 2022, esta regulación sustituyó por completo a la antigua versión de 1996 para mitigar el deterioro de los recursos hídricos del país.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 es la regulación ambiental mexicana que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2022, esta norma sustituye a la antigua versión de 1996 con el objetivo de revertir el grave deterioro de los recursos hídricos del país, proteger los ecosistemas acuáticos y garantizar el derecho humano al agua saneada. [1]

Su aplicación es de carácter obligatorio para todas las personas físicas y morales responsables de generar descargas en ríos, lagos, mares, suelos o subsuelos nacionales, abarcando tanto al sector industrial como a los sistemas de drenaje municipales. La vigilancia de su cumplimiento técnico está estrictamente a cargo de la CONAGUA y la PROFEPA.

Innovaciones Técnicas y Parámetros Críticos

La actualización normativa introdujo criterios científicos avanzados para medir con mayor precisión el impacto ambiental real en los cuerpos de agua:

    • Demanda Química de Oxígeno (DQO): Reemplaza a la DBO para evaluar tanto la materia orgánica biodegradable como la no biodegradable.

    • Toxicidad Aguda: Parámetro fundamental que analiza el efecto biológico directo de los contaminantes sobre organismos vivos.

    • Color Verdadero: Regulación estética y funcional para evitar el bloqueo de luz solar indispensable en los ecosistemas acuáticos.

    • Nutrientes: Control estricto de nitrógeno y fósforo total para mitigar la eutrofización y proliferación de algas nocivas.

Calendario y Cumplimiento

El proceso de transición normativa concluyó de forma definitiva. Tras la entrada en vigor general de los límites básicos y la infraestructura de muestreo, los parámetros de color verdadero y toxicidad aguda son obligatorios desde el 11 de marzo de 2026. Las organizaciones deben asegurar análisis periódicos mediante laboratorios acreditados ante la EMA para evitar severas sanciones legales y económicas.